Funciones esenciales de un DPD
1. ASESORAMIENTO
Sobre las EIPDs, y todas las obligaciones y derechos en materia de protección de datos
2. NEXO AEPD
Nombramiento como DPD, y cooperación con la Agencia Española de Protección de Datos
3. SUPERVISIÓN
Del cumplimiento normativo RGPD y LOPD-GDD, y de las políticas de protección de datos
4. ASISTENCIA
Gestión de derechos de los afectados, defensa jurídica y todo lo necesario para tu tranquilidad
¿Qué incluye nuestro servicio de DPD?
El Delegado de Protección de Datos (también conocido como DPO o DPD) es una figura, en algunos casos obligatoria (más abajo indicamos en qué casos), que surge con el RGPD. Su misión, en esencia, es velar por el correcto cumplimiento de las normativas de protección de datos. Nuestro servicio de DPD incluye:
¿Es necesario contratar un DPD?
El artículo 37 del RGPD obliga a la designación de un DPD ante la autoridad de control (AEPD) en la práctica totalidad de las Administraciones Públicas (salvo los tribunales de justicia), en caso de un tratamiento de datos masivo (es decir, de un gran número de datos) o bien en caso de tratamiento de categorías especiales de datos (salud, antecedentes penales, etc.) a gran escala. Sin embargo, dada la ambigüedad de estos supuestos, la LOPDyGDD, en su artículo 34, define una serie de entidades obligadas en cualquier caso, entre las que destacan:
No te arriesgues, contrata a profesionales como Delegados de Protección de Datos. Confían en nosotros: clínicas, grupos hosteleros, franquicias, inmobiliarias, gestorías…


